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Cambios en la política sanitaria agropecuaria
El SENASA modificó el sistema de vacunación del ganado y permitirá a los productores elegir veterinario
La nueva normativa del Senasa habilita a los titulares de establecimientos agropecuarios a contratar directamente a veterinarios acreditados para aplicar las vacunas obligatorias contra fiebre aftosa y brucelosis bovina. El esquema comenzará a regir el 1 de enero de 2027.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó este viernes una modificación en el esquema de vacunación del ganado en la Argentina. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 201/2026, introduce cambios en la organización de las campañas sanitarias al permitir que los productores puedan elegir de manera directa al veterinario encargado de aplicar las vacunas obligatorias.
La normativa establece que los titulares de establecimientos registrados en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios podrán contratar libremente a veterinarios privados que estén acreditados por el Senasa. Estos profesionales estarán habilitados para adquirir, conservar y aplicar las vacunas durante las campañas oficiales o en los operativos sanitarios estratégicos contra enfermedades como la fiebre aftosa y la brucelosis bovina.
Hasta el momento, gran parte de estas tareas se realizaban a través de entes sanitarios locales creados en 2021 durante un brote de fiebre aftosa. Según explicó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, ese esquema generaba una suerte de monopolio territorial que obligaba a los productores a vacunar exclusivamente con el ente correspondiente a su zona, sin posibilidad de elegir prestadores alternativos ni generar competencia en los precios del servicio.
El funcionario también cuestionó la fragmentación del sistema, al considerar que la división del país en múltiples áreas impedía desarrollar una red de distribución más eficiente para las vacunas. En ese sentido, sostuvo que un mercado más abierto podría facilitar una logística de mayor escala y permitir que laboratorios o empresas especializadas organicen mecanismos de distribución con mayor alcance y mejores controles sanitarios.
El nuevo modelo comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027. Desde ese momento, cada productor deberá informar al Senasa, a través de un sistema de autogestión, el esquema de vacunación que adoptará en su establecimiento.
Para participar en estas campañas, los veterinarios deberán estar acreditados por el Senasa como vacunadores y contar con habilitación específica para intervenir en la vacunación contra la brucelosis bovina. Además, tendrán la obligación de garantizar la cadena de frío de las dosis y registrar cada aplicación en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal.
La resolución también fija que las vacunas deberán adquirirse únicamente a laboratorios productores, importadores, entes sanitarios o establecimientos habilitados, y almacenarse en depósitos que aseguren su correcta conservación hasta el momento de su aplicación.
Asimismo, los veterinarios que intervengan en las campañas deberán actuar como agentes de información sanitaria. En ese rol tendrán que reportar al Senasa cualquier situación relevante detectada en los establecimientos, como mortandad de animales, inconsistencias en los registros de stock o movimientos irregulares de ganado.
