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La Justicia absolvió a productores por fumigaciones en Pergamino y condenó a exfuncionarios municipales
El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario consideró probado que hubo daños vinculados a la exposición a agroquímicos, pero descartó responsabilidad penal de los productores acusados. Además, ordenó investigar la actuación del intendente Javier Martínez y otros funcionarios locales.
La Justicia Federal resolvió el histórico juicio por fumigaciones con agroquímicos en Pergamino con un fallo que dejó un escenario dividido: absolvió a los productores rurales, al ingeniero agrónomo y al aplicador que habían sido acusados por contaminación ambiental, pero condenó a 2 exfuncionarios municipales por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La sentencia fue dictada por unanimidad por el Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario, luego de 5 meses de audiencias en las que se analizaron denuncias por aplicaciones de fitosanitarios realizadas entre 2011 y 2019 en sectores cercanos a barrios de Pergamino. La causa había sido considerada histórica por llevar por primera vez a productores agropecuarios ante la Justicia Federal por hechos relacionados con el uso de agroquímicos.
Los jueces absolvieron a Fernando Cortese, Mario Reinero Roces, Víctor Tiribó, Hugo y Carlos Sabatini, José Luis Grattone y Cristian Taboada. En cambio, condenaron al exdirector de Ambiente Rural del municipio, Guillermo Naranjo, y al auditor Mario Tocalini a 2 años de prisión de ejecución condicional y 4 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Además, el tribunal decidió enviar copia del fallo y de las audiencias al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás para que analice la posible responsabilidad del intendente de Pergamino, Javier Martínez, y de otros funcionarios que podrían haber tenido intervención en el funcionamiento del área encargada de controlar las fumigaciones.
Durante la lectura de los fundamentos, el presidente del tribunal, Román Pablo Lanzón, cuestionó duramente el accionar de los funcionarios condenados y sostuvo que su desempeño estuvo “en las antípodas de lo esperado para un funcionario público”.
El magistrado remarcó que ambos eran las máximas autoridades del área de control ambiental y afirmó que “la ineficacia de los controles estatales fue lo que produjo los resultados dañosos para la salud de las personas”.
Aunque no hubo condenas para los productores, el fallo reconoció que existieron daños asociados a la exposición a agroquímicos. El tribunal sostuvo que quedó acreditado que la utilización habitual de estos productos en zonas cercanas a viviendas generó consecuencias sobre la salud de vecinos de Pergamino.
“Está debidamente probado que la exposición a los agroquímicos habitualmente utilizados en la actividad agropecuaria provocó daños a Sabrina Ortiz, a su grupo familiar más cercano y a otras personas de los barrios”, expresó Lanzón durante la explicación de la sentencia.
Los jueces también indicaron que la prueba científica presentada durante el juicio permitió establecer una relación entre la cercanía de los campos fumigados y distintos problemas de salud denunciados por habitantes de la zona. Incluso señalaron que el concepto de “agrotóxicos”, utilizado durante años por los vecinos que impulsaron la causa, tuvo respaldo en la evidencia incorporada al debate.
Sin embargo, el tribunal entendió que la fiscalía y la querella no lograron demostrar con el nivel de certeza requerido en un proceso penal que los productores hubieran actuado de manera intencional o realizado aplicaciones ilegales contempladas en la Ley de Residuos Peligrosos.
“Alegato de fiscalía estuvo plagado de generalidades, abstracciones y conclusiones que no tuvieron sustento probatorio”, sostuvo Lanzón.
En el caso de Cortese, además de ser absuelto por la acusación de contaminación ambiental, también fue desvinculado de la denuncia por amenazas coactivas presentada por vecinos. Los jueces aplicaron el beneficio de la duda en ese punto.
La misma decisión alcanzó a Roces y Tiribó, para quienes la fiscalía había solicitado penas de 4 años de prisión efectiva, y a Sabatini, Grattone y Taboada.
Otro aspecto relevante del fallo fue la decisión de mantener vigente la medida cautelar que desde 2019 limita las fumigaciones en el distrito de Pergamino. La resolución continúa prohibiendo aplicaciones terrestres a menos de 1.095 metros y aéreas a menos de 3.000 metros de zonas urbanas y periurbanas.
El tribunal rechazó el pedido de la fiscalía para incorporar esas restricciones como parte definitiva de la sentencia y también descartó ampliar las distancias hacia escuelas rurales, pueblos y parajes. No obstante, decidió mantener las medidas hasta que el fallo quede firme y finalicen todas las instancias de revisión judicial.
“Tal vez sea necesario revisar las distancias dispuestas municipalmente para amortiguar el impacto de los productos químicos empleados en los campos, pero no este es el ámbito para debatir y resolver esa cuestión”, afirmó Lanzón.
Los jueces consideraron que la discusión sobre las regulaciones futuras debe darse en otros espacios institucionales con participación del Estado, organizaciones ambientales y distintos sectores involucrados.
El tribunal también buscó separar la resolución judicial de la disputa entre productores agropecuarios y organizaciones ambientalistas. “No queremos que esto se vea como un desenlace entre productores agropecuarios y ambientalistas”, expresó Lanzón.
Y agregó: “Un juez penal no es un superhéroe que está para satisfacer los deseos de la sociedad de alcanzar algo más justo. Está para hacer cumplir el derecho y la ley”.
De esta manera, el juicio terminó con una resolución que reconoce la existencia de daños vinculados a los agroquímicos, cuestiona la actuación del Estado municipal y descarta responsabilidad penal para quienes fueron acusados de realizar las fumigaciones.
