Información general | 12/01

Control sanitario y trazabilidad

La ANMAT le retiró al Correo Argentino la habilitación para manipular medicamentos

El organismo nacional dio de baja el permiso que autorizaba a la empresa estatal a actuar como acondicionador secundario de especialidades medicinales. La medida se tomó por no contar con una dirección técnica habilitada y afecta a una planta logística ubicada en Malvinas Argentinas.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica resolvió dejar sin efecto la habilitación que permitía al Correo Argentino desempeñarse como acondicionador secundario de especialidades medicinales con fines de trazabilidad. La decisión quedó oficializada mediante la Disposición 12/2026, firmada este lunes.

Según los fundamentos del organismo, la medida se adoptó ante la ausencia de una dirección técnica debidamente habilitada, un requisito obligatorio para el desarrollo de este tipo de actividades reguladas. La resolución alcanza a la planta logística y centro operativo ubicado en la localidad bonaerense de Malvinas Argentinas, donde se realizaban tareas vinculadas a la distribución, logística y manejo de medicamentos.

En consecuencia, se dispuso la cancelación del Legajo número 7512, en el marco de las atribuciones de control y fiscalización que ejerce la ANMAT sobre todas las actividades relacionadas con medicamentos y productos de uso médico en el país. El objetivo, remarcaron, es preservar la seguridad sanitaria y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

La disposición también cita lo establecido por la Ley 16.463, que determina que las actividades de producción, elaboración, fraccionamiento, comercialización, importación, exportación y depósito de medicamentos solo pueden desarrollarse en establecimientos previamente habilitados y bajo la supervisión de un profesional universitario responsable como director técnico.

Asimismo, se hace referencia al Decreto 150/92, que exige que los establecimientos dedicados a la producción o fraccionamiento de medicamentos funcionen bajo la dirección técnica de profesionales farmacéuticos, químicos u otros títulos habilitantes, de acuerdo con la naturaleza de los productos. En ese marco, el primer artículo de la resolución ratifica la cancelación del legajo por los motivos detallados en los considerandos.

 

El Instituto Nacional de Medicamentos avaló la decisión dentro de su ámbito de competencia, mientras que también intervinieron la Dirección de Gestión de Información Técnica y la Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo regulador.

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